Facturación de armas | Aena

Facturación de armas

¿Cómo se tienen que transportar?

  • Las armas de fuego o armas reglamentadas cuya adquisición, tenencia o uso esté autorizado deben ser facturadas.
  • Deberán ir descargadas y en envases debidamente acondicionados para su seguridad durante el traslado.
  • La munición se transportará en un maletín rígido e independiente al del arma y no podrá pesar más de 5 kg. (incluido el envase).

Recuerda

  • Rellenar el impreso 790 y realizar el pago de esta tasa. Lo puedes hacer antes de ir al aeropuerto, de forma online o en cajeros automáticos y entidades bancarias adheridas a los convenios con la AEAT.
  • Si trasladas un arma que no es tuya, deberás presentar una autorización del propietario y la guía original del arma. Documento de cesión temporal de armas
  • En los aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Bilbao, Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Málaga-Costa del Sol puedes realizar los trámites de manera telemática: https://sede.guardiacivil.gob.es/procedimientos/choose-ambit/idp/731

¿Qué procedimiento debo seguir?

Aeropuerto de salida

En la oficina de intervención de armas de la Guardia Civil:

  1. Si eres el propietario, deberás presentar:

    Residente en España

    • DNI o pasaporte
    • Licencia de armas
    • Guía de pertenencia del arma
    • Billete de avión

    Residente en UE o en tránsito

    • Tarjeta Europea de armas de fuego si viaja a países miembros de la UE o que tengan acuerdos suscritos sobre la TEAF (Suiza, Noruega, Islandia y el Principado de Liechtenstein).

    Extranjero fuera de la UE

    • Pasaporte
    • Permiso especial concedido a su entrada en España
    • Billete de avión
  2. Modelo 790 (pago de tasas) cumplimentado y abonado (uno por viajero). El pago de esta tasa se puede realizar de forma online o en los cajeros automáticos y entidades bancarias adheridas a los convenios de la AEAT.

    Descarga aquí el modelo 790.

  3. Te entregarán la autorización de embarque de armas (original y copia) y el resguardo del pago de la tasa.
  4. Revisarán los estuches de armas y municiones.

En los Aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Bilbao, Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Málaga-Costa del Sol puedes realizar los trámites de manera telemática: https://sede.guardiacivil.gob.es/procedimientos/choose-ambit/idp/731

En el mostrador de facturación

  1. Deberás presentar la autorización a tu nombre que te han entregado en intervención de armas de la Guardia Civil.
  2. Entregarás los estuches del arma y de las municiones para ser precintados, junto con el equipaje a facturar.
  3. El ejemplar original permanecerá contigo y la copia del mismo se incluirá dentro del equipaje o del recipiente que contenga el arma de fuego.

Aeropuerto de llegada

Si es un país de la UE:
  1. Debes presentar la tarjeta europea de armas de fuego en el punto fronterizo de entrada.
  2. Comprobarán la tarjeta y la sellarán si está correcta.
  3. Habilitarán una invitación para la práctica cinegética o deportiva.
  4. Deberás retirar el arma en la Intervención de Armas y Explosivos del aeropuerto, donde tendrás que presentar la autorización que se expidió a tu salida.
Si es un país fuera de la UE

Consulta en la embajada o consulado en España de ese país, sobre la legislación local vigente en lo que afecta a tenencia, circulación y uso de armas de fuego.

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