Circulación de bienes y dinero | Aena

Circulación de bienes y dinero en la entrada o salida de España

≥ 10.000 €

Es necesario declarar en la aduana cualquier medio de pago igual o superior a 10.000 € por persona o su contravalor en moneda extranjera. Deberás realizar una declaración de movimientos de medios de pago a presentar en los servicios de aduanas.

Información

Infórmate sobre la reglamentación en vigor para la circulación de bienes y medios de pago en tu país de destino.
 

≥ 100.000 €

Dentro del territorio nacional, deberás declarar cualquier movimiento de pago en cantidades iguales o superiores a 100.000 € o su contravalor en moneda extranjera.

¿Qué se considera medio de pago?

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  • Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.

Bienes personales

Se consideran bienes personales los adquiridos ocasionalmente, que se destinan al uso personal o familiar de los viajeros o a ser ofrecidos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse que sean objeto de una actividad comercial.

Entre estos bienes, no se tiene en cuenta el valor de los medicamentos que el viajero necesite para su uso personal.

430 € exentos:

Límite de 430 € para el valor total de los bienes transportados en los equipajes personales a partir del cual el pasajero deja de estar exento de pagar derechos de importación, IVA e impuestos especiales.

150 € exentos:

El límite se reduce a 150 € en el caso de los menores de 15 años.

Recuerda

  • Las cantidades de bienes y dinero pueden variar dependiendo del país de destino. Se recomienda consultar la legislación del país al que viaje.
  • Más información en la web oficial de la Unión Europea y en la Agencia Tributaria.
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