Facturación
Normas sobre los objetos que se pueden facturar, dónde y cómo hacerlo y las limitaciones de equipaje.
Equipajes: Facturación
La facturación de su equipaje debe usted hacerla en el mostrador asignado a la compañía aérea al efecto, donde le entregarán su tarjeta de embarque y el talón de equipaje.
Debe presentarse en los mostradores de facturación con la antelación indicada previamente por escrito (inclusive por medios electrónicos) por el transportista aéreo, el operador turístico o un agente de viajes autorizado, y en el caso de no haber indicación alguna, al menos 45 minutos antes de la hora de salida anunciada del vuelo. Algunas compañías aéreas pueden establecer otros límites, por lo que es importante que se informe con antelación suficiente.
Algunos aeropuertos disponen de un servicio de plastificado de maletas para evitar posibles daños durante su traslado y permanencia en la bodega de la aeronave. Las máquinas plastificadoras están situadas generalmente junto a los mostradores de facturación.
Por su propia seguridad y la de los demás pasajeros, no facture ni transporte consigo ningún equipaje de personas desconocidas.
Limitaciones y exclusión de responsabilidad
Las compañías aéreas pueden rehusar el transporte como equipaje de aquellos artículos que debido a su tamaño, forma, peso o características no puedan ser considerados como equipaje.
Por su interés, se recomienda que no incluya en el equipaje facturado artículos perecederos, frágiles, objetos de valor (dinero, joyas, artículos electrónicos, etc.), medicinas, documentos, llaves, etc. Algunas compañías no aceptan responsabilidad por estos artículos.
Viajes internacionales
Recomendaciones para viajar al extranjero:
Consulte las webs:
- - Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (www.maec.es).
- - Ministerio de Sanidad y Política Social (www.msps.es).
- - Unión Europea (www.europa.eu).
- - Organización Mundial de la Salud (www.who.int/es).



